
El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley para el buen uso y gobernanza de la inteligencia artificial. Esta norma adapta la legislación española al Reglamento Europeo de IA. El Gobierno afirma que el proyecto legislativo tiene como meta el uso ético, inclusivo y beneficioso de esta tecnología. El texto se remite ahora a las Cortes para iniciar su tramitación parlamentaria tras un proceso previo de revisión y alegaciones en el que han intervenido distintos órganos consultivos.
Lo que queda prohibido
El proyecto de Ley establece una lista de prácticas vetadas. Prohíbe usos que manipulen decisiones de forma subliminal, que exploten vulnerabilidades de personas por razón de edad, discapacidad o situación socioeconómica, o que desplieguen sistemas diseñados para inducir conductas perjudiciales. También quedan en el punto de mira los chatbots capaces de detectar perfiles vulnerables para empujarlos, por ejemplo, a entrar en plataformas de juego.
Uno de los elementos más llamativos es la atención al fenómeno de los deepfakes sexuales. España impulsó en la UE una enmienda específica para prohibir la comercialización y el uso de sistemas de IA capaces de generar o manipular imágenes, vídeos o audios realistas de contenido sexual sin consentimiento. Bruselas acabó respaldando esa propuesta.
Multas de hasta 35 millones de euros
La norma prevé infracciones leves, graves y muy graves, con multas que van desde 6.000 euros en los supuestos menores hasta 35 millones de euros en los casos más serios como puede ser la comercialización de un sistema de IA prohibido. También se contemplan porcentajes sobre la facturación global cuando resulten más elevados, siguiendo la lógica habitual de la regulación europea en materia digital.
Qué cambia para empresas y usuarios
Para las empresas, la ley supone un cambio de cultura regulatoria. Las compañías tendrán que verificar si el sistema entra en una categoría prohibida, si exige obligaciones reforzadas por ser de alto riesgo o si necesita medidas de transparencia adicionales, especialmente cuando genere contenido sintético. Para los usuarios, el impacto puede notarse en algo muy concreto: saber mejor cuándo están ante una imagen, un audio o un vídeo manipulados. Eso es crucial en política, publicidad, entretenimiento y redes sociales. Un espacio en el que la frontera entre lo auténtico y lo artificial es cada vez más fina.
Consejos vendo, para mí no tengo: las administraciones quedan fuera del régimen sancionador
Uno de los puntos más discutidos del anteproyecto es que las administraciones públicas quedarían fuera del régimen sancionador general. De darse alguno de esos casos, la respuesta sería un apercibimiento y no una multa. Diversas asociaciones de internautas, usuarios y expertos en derecho digital han criticado esa excepción ya que rebaja la exigencia precisamente a quienes también manejan datos, servicios y decisiones con impacto público.
No es la primera vez que ocurre en el sector público. Es como el famoso «consejos vendo, para mí no tengo». En sanidad, sin ir más lejos, la administración se permite «por necesidades del servicio» que sus empleados (los médicos) trabajen mucho más allá de lo estipulado. Mucho más que el resto de trabajadores del país con reducciones de jornada como la de 37 horas mientras la semana del médico es de al menos 48 horas. Ídem con el Ministerio de Consumo que incluyó en la Ley de Servicios de Atención a la Clientela límites estrictos de tiempo de espera (3 minutos máximo) y de atención por parte las empresas. Sin embargo, esta normativa no aplica a la administración pública cuando se trata de trámites administrativos.





